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La Legislatura dio a la Ciudad poder de policía en cementerios

La Legislatura dio a la Ciudad poder de policía en cementerios

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En la sesión de este jueves se trató en el Recinto una serie de modificaciones en cuanto a inhumaciones, nichos y otros aspectos similares.

Este 22 de mayo, tras el acuerdo en labor parlamentaria y luego de una discusión en el recinto, se avaló una ley —que había enviado a Perú 160 el Jefe de Gobierno, Mauricio Macri— que da poder de policía a la Ciudad de Buenos Aires en materia mortuoria, en lo que respecta a la inhumación y cremación de cadáveres, así como en el ordenamiento de los servicios funerarios a cargo de empresas que operan en el rubro, y el control del funcionamiento de los velatorios.

Del mismo modo, el texto votado en forma positiva el 22 de mayo introduce modificaciones al régimen jurídico actual en virtud de la constante evolución que experimenta la sociedad en general y el Estado local en particular, con la finalidad de agilizar la gestión de los trámites que deben realizar los vecinos.

El expediente 788-2013 esboza redefinir y adecuar la facultad para transferir los derechos sobre nichos, sepulturas y bóvedas, bajo determinadas circunstancias y mediante la expresa voluntad del arrendatario o concesionario.

También se legisló Por otra parte, modifica los plazos para el arrendamiento de nichos y sepulturas con el objeto de adaptar la normativa a las presentes necesidades de la sociedad y la disponibilidad de los cementerios. También se creó un registro de concesiones y arrendamientos para el debido resguardo de los datos correspondientes a las concesiones de bóvedas y panteones y el arrendamiento de nichos y sepulturas.

La Ley tiene 143 artículos y una cláusula transitoria. Introduce un capítulo referido a los monumentos históricos para los cuales se fijan pautas de resguardo y la consideración de sus cualidades edilicias o constructivas con la intervención de la Comisión de Preservación del Patrimonio Histórico y Cultural del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Del mismo modo, se legisló sobre un régimen de ordenamiento de las actividades culturales y turísticas en los cementerios con la prevención de un fondo de garantía turística destinado al mantenimiento y conservación del patrimonio arquitectónico, histórico y cultural.

por otra parte, en los fundamentos dice que la propuesta tiende a garantizar la dignidad en el trato y respeto del difunto y los deudos, resguarda la oportunidad de entierro digno para todos los habitantes de la Ciudad, asegura el respeto por la diversidad de cultos, religiones, las costumbres y creencias, promueve el mantenimiento de la Higiene Ambiental, realza el valor patrimonial y cultural de las Necrópolis del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e incentiva y propende a mejorar la calidad en las prestaciones de los servicios funerarios públicos y privados.

tras un debate por disidencias en la redacción del texto, la norma con texto consensuado se aprobó en general con 58 votos positivos y por separado se votó el artículo 15 referido a la transferencia por causa de muerte del arrendatario de los nichos o sepulturas, recibiendo 50 afirmativos y 8 abstenciones.

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