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Artesanos y manualistas de la calle Perú, recibirán un subsidio

Artesanos y manualistas de la calle Perú, recibirán un subsidio

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Por orden de la justicia, los artesanos y manualistas cobrarán un subsidio, dentro de la crisis del coronavirus.

Así es que, por según una orden de la Justicia Porteña, el Gobierno de la Ciudad deberá abonar un subsidio de $ 10 mil a los artesanos de la calle Perú, luego de que se hiciera lugar a la medida cautelar presentada por un colectivo de artesanos para que accedan a un aporte extraordinario mientras dure la cuarentena.

La orden la dictó el juez Andrés Gallardo  haciendo lugar a la medida cautelar, que fuera presentada por un colectivo de artesanos. Esto es luego de que cuatro integrantes del colectivo se presentaron el 18 de abril para exponer la situación de emergencia en la que se encuentran, quienes trabajaban en la feria ubicada en la calle Perú entre Rivadavia y Alsina, a consecuencia del aislamiento obligatorio.

En la presentación explicaron que “la suspensión obligatoria de sus actividades genera un daño grave en sus ingresos y pone en riesgo la vigencia de derechos básicos a la vivienda, la salud y a la alimentación”.

Asimismo, manifestaron que “debido a la gravedad de la situación actual, se adoptaron diversas medidas, tales como el Ingreso Familiar de Emergencia dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, y el aporte único extraordinario establecido mediante Resolución 381/2020 del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad, pero que los artesanos que representan no pudieron acceder a dichas asignaciones, en el primer caso por existir omisiones y/o errores en la base de datos de la ANSES, y en el segundo caso, porque el aporte incluye sólo a los titulares del Programa de Atención para Familias en Situación de Calle y no abarca a los trabajadores artesanos y manualistas”.

Según consignó el sitio iJudicial, el titular del Juzgado N° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Andrés Gallardo, ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que “abone a M. I. S., M. T., M. I. R. y H. P., la suma diez mil pesos para cada uno de ellos a partir del mes de junio de 2020 y hasta tanto perduren las medidas de aislamiento social preventivo obligatorio y la consecuente imposibilidad de ejercer la tareas de elaboración y ventas de artesanías en la feria artesanal de la calle Perú, pago que deberá efectivizarse antes del día 10 de cada mes”.

Lo que manifiesta a través del fallo el titular del Juzgado N° 2, es que  “el Estado (ya sea el local o el nacional) no puede dejar abandonada a su suerte a las personas que, como consecuencia de las medidas adoptadas para evitar la propagación de la enfermedad, se ven privadas de realizar la actividad productiva y/ o comercial con la cual obtiene los recursos para atender a sus necesidades básicas”.

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